Multas económicas en procesos electorales

Este jueves 2 de febrero fue el cierre de la promoción de los candidatos en donde se realizó hasta las 11y59. Este fue el plazo de la campana en donde tienen prohibiciones y multas si incumplen las normativas.

En esta semana , las diferentes candidaturas para las dignidades de prefecturas, alcaldías, concejalías urbanas y rurales, juntas parroquiales rurales difundieron sus planes de trabajo y propuestas.

A un día de las elecciones electorales el CNE menciona que durante la campaña electoral pronuncia las diferentes prohibiciones y mutas , a continuación, les indicaré las diferentes infracciones que van entre los 225 hasta los 31.500.

En primer lugar, tenemos las infracciones menos leves, quien corrompa deberá pagar una multa de USD 225, quienes expendan o consuman bebidas alcohólicas o también llamada ley seca, esto quiere decir, entre las 12:00 del viernes 3 de febrero y las 12:00 del lunes 6 de febrero. De la misma manera, quien haga propaganda dentro del recinto electoral, es decir, los días del silencio electoral, en donde comienza el viernes.

En segundo lugar, tenemos las infracciones leves, son sancionadas con una multa de USD 450 y USD 4.500, los policiales o militares en servicio activo no pueden inducir el voto a favor de determinada preferencia electoral o aportar económicamente a un candidato o aún partido político. El burócrata que omita la obligación de prestar colaboración cuando sea requerida por los organismos electorales.

En tercer lugar, se multará una cantidad de USD 1.359 que son equivalentes a tres salarios unificados a quien injustificadamente retarde con él envió o entrega de los documentos electorales, incluso a quien retenga la cédula o pasaporte de un ciudadano, con el fin de venerar la libertad del sufragio. Dentro de las juntas receptoras del voto,  los vocales no pueden contribuir a negar el voto de un elector.

En cuarto lugar, están las infracciones graves, tienen una sanción de USD 4.950 y USD 9.000 Los servidores públicos que se encuentren en ejercicio de sus funciones induzcan al ciudadano al voto a favor de una preferencia electoral o brinden financieramente a una organización política o candidato. Los miembros que conforman las juntas receptoras del voto están prohibidos que abandonen sus funciones hasta la finalización del escrutinio y adjunten los documentos electorales. El ciudadano que actúe en cualquier manifestación portando armas en el transcurso del proceso electoral o a votar.

Y finalmente tenemos la infracción muy grave con una multa entre USD 9.450 y USD 31.500. Está terminantemente prohibido que faciliten y promueven cambios fraudulentos de domicilio electoral, no se puede desaparecer los documentos electorales o alterarlos . Los servidores electorales que divulguen información confidencial o pongan en peligro el proceso electoral. El presidente y el secretario de las juntas regionales ,provinciales, distritales y del exterior que no suscriban las actas que pongan en peligro la validez del proceso electoral.

#LDMnoticias #lodelmomentolojaLDM

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *