Corte Constitucional del Ecuador resolvió que las instituciones públicas no pueden bloquear, ni restringir la interacción de usuarios

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😱🚫📲¡Les toca aguantarse! La Corte Constitucional del Ecuador resolvió que las instituciones públicas no pueden bloquear, ni restringir la interacción de usuarios en sus cuentas oficiales de redes sociales. El fallo se dio tras una acción de protección por un bloqueo en la cuenta de Facebook de la Alcaldía de Lago Agrio en 2020, determinó que se vulneró la libertad de expresión.

La Corte ordenó disculpas públicas al ciudadano afectado y la elaboración de un protocolo para el uso institucional de redes sociales. Además, estableció que solo puede eliminarse contenido que promueva discursos de odio, violencia o contenido sexual explícito, y reafirmó que la crítica a funcionarios públicos es un discurso protegido, incluso en el entorno digital.

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